Compartir es bueno. Redes P2P.

Antes podíamos compartir con nuestros vecinos y amigos haciendo uso del correo tradicional o mano a mano. Ahora usando un programa P2P puedes compartir con gente de todas partes. También se crea y produce material para subir a las redes. Así es especialmente importante digitalizar obras fuera de circulación, difíciles de conseguir o agotadas.

Para buscar contenidos en las redes P2P, primero se necesita un programa para descargar los contenidos. Prueba con alguno de estos Bittorrent, uTorrent o Transmisión. También puedes provar con el Tribler, que tiene buscador de contenidos incorporado.

Luego hay que ir a la Web Thepiratebay.se o Thepiratebay.com, allí hay un buscador. Pones el nombre de lo que buscas y eliges el fichero. El icono es una herradura roja. Clica en la herradura roja y el programa de descarga p2p empezará a bajar lo que necesitas.

Y más tarde, puedes bajarte los subtítulos en el idioma que desees, los grabas en la carpeta donde tengas la peli, y si cuando empieza la película no salen, clica con el botón derecho y elige "subtítulos" entonces busca el fichero que te acabas de bajar. Para encontrar subtítulos: Opensubtitles.org, Solosubtitulos.com, Subtitulosespanol.com...

I Love P2P

La comisión de mercado interior del Parlamento Europeo debatió el 7 de Julio de 2009 el llamado paquete de telecomunicaciones, la propuesta de directiva que autorizava a acceder a los datos personales de los usuarios por motivos de seguridad sin su consentimiento; autorizara la venta de software que incluya programas espías destinado a interceptar los intercambios de archivos, impedir la copia de material protegido, "controlar al usuario" e "interceptar sus comunicaciones", explicó Cristophe Espern, de la Fundación por una Infraestructura de Información Libre (FFII). También se autorizó a los estados a que instauren en sus países el plan Sarkozy para frenar la distribución de contenidos en Internet. Un modelo que corta el acceso a Internet a aquellos usuarios franceses que después de tres advertencias continúen descargándose contenidos con derechos de autor a través de las redes p2p (intercambio de archivos).

En España en el 2011 se aprueba la polémica Ley Sinde. Con la que se regula el pago del canon de la SGAE y con la que se puede decretar el cierre de webs que infrinjan leyes de propiedad intelectual.

Tras esto estalla un escándalo por corrupción del presidente de la SGAE Tedy Bautista. Fue imputado por apropiación indebida y administración fraudulenta. Quedó al descubierto toda una trama de empresas para el desvio de fondos.

No és solo la SGAE la única que no les gusta que compartamos. Según informaciones filtradas por Wikileaks en lo que se llamo el Cable Gate se ponia de manifiesto las presiones para imponer la Ley Sinde por parte del lobby de las grandes productoras y distribuidoras de cine norteamericanas: Disney, Universal, Paramount, Sony Pictures, Fox y Warner.

Ataques a las redes P2P

Compartir es bueno - redes P2PMediaDefender es una empresa californiana conocida por sus continuos sabotajes a redes P2P. Esta empresa fue contratada, entre otras, por la industria audiovisual para evitar que ciertas canciones y películas circularan por las redes de intercambio de música, video y ficheros, también conocidas como P2P, siglas de People to People. MediaDefender utilizaba cualquier método, legal o ilegal, desde compartir archivos con nombres falsos hasta saturar las redes P2P mediante ataques informáticos complejos.

 
La buena noticia fue que alguien entró en los sistemas informáticos de Mediadefender y descubrió emails con información no sólo de los contratos, sino también de las negociaciones entre MediaDefender y las grandes corporaciones del entretenimiento. Las grandes multinacionales del ocio quedaron claramente asociadas a actividades informáticas ilícitas. Por ejemplo, la Warner paga 4.000 dólares para intentar impedir que se comparta un álbum de música, sin importarle el cómo ni la legalidad de los servicios contratados.
 
The Pirate Bay , una organización que se dedica a verificar la veracidad de los contenidos publicados en la red P2P bittorrent,  denunció a todas las empresas clientes de MediaDefender acusándolas de sabotaje de infraestructuras, ataques de denegación de servicio, hacking y spamming. Entre las empresas denunciadas se encuentran, ni más ni menos que la Twentieth Century Fox, Emi Music, Universal Music Group, Universal Pictures, Paramount Home Entertainment, Atari, Activision Nordic Filial Till Activision, Ubisoft y Sony Bmg Music Entertainment. Sólo pudieron denunciar a las que tienen sede en Suecia, por un tema de costes judiciales y provabilidad de éxito.

Más en: barrapunto.com | filmica.com/port666

CompartirEsBueno.Net

pro copyleftFue una web para la difusión de la campaña del 2005 reivindicando la libertad de flujo de saberes, cultura y técnicas frente a la brecha digital sostenida por los monopolios del software privativo y sus patentes para penalizar el desarrollo y la inovación. También se promovia oponerse a las tecnologías y leyes de control digital que ponen barreras a la difusión de la cultura y la información. Colaboraron Kernel Panic, Downgrade y otros laboratorios hacker, así como internautas y activistas en pro del derecho universal de acceso a la cultura y promotores del copyleft.

Con esta campaña se realizaban conexiones a Internet en plena calle para descargar contenidos con redes P2P. Los lugares escogidos fueron el pabellón 8 del SIMO en Madrid, frente a la sede de la SGAE en Bilbao, también en la sede de Zaragoza y en la plaça Virreina de Barcelona. Nadie fue detenido ni hubo multas o otras sanciones. Se demostrava de este modo que las descargar P2P no eran delito en el estado español.

Cierre de Razorback y Megaupload

En el 2006 una operación coordinada por la Motion Picture Assotiation (Hollywood), junto con las policías belga y suiza desconectaron el servidor más importante de la red eDonkey, Razorback 2. Deteniéndo a su administrador. El mismo destino siguió Megaupload, intervenida por el FBI y detenido su fundador y principales colaboradores. Tanto el cierre de Razorback como el de Megaupload y las detenciones de colaboradores de Anonimous, viene motivada no por el estado y sus leyes, sino por la presión de multinacionales como la Twentieth Century Fox, Emi Music, Universal Music Group, Universal Pictures, Paramount Home Entertainment y Sony Bmg Music Entertainment, que se niegan a dejar crecer alternativas a su modo producir, promocionar y distribuir sus películas y música.

El cierre de Megaupload fue el inicio de una operación coordinada llamada opPayBack, en la que varios colectivos bajo el paraguas de Anonymous apagaron varias webs de gestoras de derechos de autor y de la industria cultural de todo el mundo.

La Ley de la Propiedad Intelectual

La Comisión de Cultura del Congreso aprobo la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual el 3 de marzo de 2006. Una reforma integral de la Ley de la Propiedad intelectual. En la que se incluye el derecho a compensación por copia privada. Se trata del famoso canon de la SGAE (Sociedad General de Autores de España). Sólo quedan exentos del pago los discos duros y las conexiones ADSL. Otros dispositivos como ordenadores portátiles, reproductores de MP3, escáneres, fotocopiadoras, grabadoras de CD y DVD, discos duros portátiles, etc... Tendrán que pagar el canon.

En España la copia privada se permite en el ámbito doméstico y no queda limitada a un número concreto de copias. En bibliotecas, museos, conservación y mundo de la enseñanza se podrá duplicar las obras, pero se tendrá que pagar una compensación que sera por otras vías.

El derecho al acceso a la cultura esta reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se dispone que toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. También se dice, que toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Los autores deben decidir, no las multinacionales.

Los Grupos y músicos que trabajen con licencias Creative Commons y que quieran editarse un CD o DVD, cuando acudan a la fabrica duplicadora, se les pedirá el pago de los derechos de autor por cada duplicado. Si no están asociados a la SGAE, no tienen que pagar nada por los derechos sobre las canciones o duplicado de su obra. Básicamente porque los derechos bajo Creative Commons están gestionados por los propios autores, sin intermediarios. La SGAE no puede obligar al grupo a nada. Además esto no quita que los autores registren bajo copyright su obra o restrinjan ciertos usos. Con licencias Creative Conmmons no se pierden los derechos de autor, son los propios autores los que deciden si permiten la libre difusión, el uso comercial o la modificación de su obra. A parte no hay problema en aplicar estas licencias libres a la legislación del estado español.

No deben pagar el canon quienes hagan difusión de música no gestionada por a la SGAE. El local Disco Bar Metropol no paga a la SGAE, al demostrar que la música que escuchan sus clientes no esta bajo la gestión de la SGAE. Se trata de grupos de música que utilizan para sus obras licencias Creative Commons. Con las que ceden sus canciones gratuitamente para difundirla. Esto pone de manifiesto que la SGAE no puede gestionar a todos los autores, ni recaudar de quien les apetezca. Así que la Disco Bar Metropol quedo absuelta en el Juzgado de Primera Instancia de Badajoz de la demanda impuesta por la SGAE, demostrando que no es obligatorio acudir a la SGAE para registrar ni gestionar los derechos de autor. Hay otras maneras totalmente legales de registrar la obra; como por ejemplo safecreative.org.

No estamos vendiendo ni regalando armas.

La tecnología es neutra: sólo es ilegal compartir ficheros que afecten a bienes jurídicos protegidos. No debe criminalizarse la Red en sí misma. El Derecho Penal impone que sólo se deben perseguir las infracciones previstas en el Código Penal. Las redes P2P pueden ser utilizadas para múltiples funciones totalmente legales, también es verdad que se puede intercambiar archivos de contenido delictivo: el caso paradigmático es la pornografía infantil. La ley ya prevee como se persigue y castiga. No es necesario aplicar estados de excepción y prohibir las redes P2P.

La Ley de Propiedad Intelectual vigente establece que las obras ya divulgadas, excepción hecha de los programas de ordenador, pueden reproducirse libremente para uso privado, siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa. Tal derecho de copia privada genera el derecho paralelo de los autores a cobrar una remuneración equitativa y única, cuyo pago se produce en el momento de comprar el equipo, aparato o material idóneo para la reproducción. El Código Penal establece que las copias realizadas sin finalidad lucrativa son impunes. Esto es aplicable a todo tipo de obras audiovisuales, tales como música y películas, omnipresentes en las redes P2P.

En lo que se refiere a programas de ordenador, el artículo 100 de la Ley de Propiedad Intelectual garantiza el derecho de realización de una copia de seguridad por parte de quien tiene derecho a utilizar el programa, en cuanto aquella resulte necesaria para dicha utilización. Los programas de ordenador no pueden compartirse lícitamente. Pero ello no quiere decir que compartirlos sea delito.

Más información sobre redes p2p en:

 

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